«Aunque suene un poco facha, con Franco a mí nadie me preguntaba cuando me hacía un porro. Ahora es continuo, se limita tu intimidad y las leyes contradicen la propia Constitución». Lo comenta Luis Auserón, ex de Radio Futura, con motivo de la publicación de su disco de versiones Rubbish Garbage Junk Punk (El Mundo).
El mes de las celebraciones de la Constitución Española y la Declaración Universal de los Derechos Humanos es fecha adecuada para recordar la vulneración de la presunción de inocencia que sistemáticamente practican todos los Estados del mundo.
La OMS no considera el consumo de cannabis problemático para la salud pública pero los Estados penan con cárcel su comercio por delito abstracto contra la salud pública. Miles de ciudadanos han estado, están y estarán en prisión por una abstracción interesada, sin pruebas del daño, inocentes privados de libertad; cuando no, ejecutados.
Podría decirse sin abstracciones que los gobiernos de todo el mundo ejercitan el crimen contra la humanidad impunemente. La Declaración Universal de los Derechos Humanos está firmada por los mismos países que violan los derechos que contiene el documento. No olvidaron en 1948 fijar coletillas que les permitiera hacer y deshacer a su antojo, vinculando la norma superior (supuesta) al desarrollo de leyes de rango menor que pueden dejar y dejan sin efecto la defensa de derechos fundamentales.
Artículo 11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
La Constitución Española contiene numerosos artículos que se remiten a leyes para su aplicación o regulación. Son igualmente frecuentes artículos conteniendo mecanismos del tipo de «salvo resolución judicial», que remiten también a una instancia externa a la Constitución.
Pérez Alonso (2005, Los Pecados de la Audiencia Nacional, Arcopress) ha constatado que, una de cada tres sentencias de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional recurridas ante el Tribunal Supremo resulta anulada por éste. Esto significa que, en una de cada tres sentencias, dicha sala comete una ilegalidad, vulnerando principios constitucionales u otras leyes. Además, de las dos sentencias restantes, algunas son anuladas por el Tribunal Constitucional, y otras, después de pasar el filtro de este último tribunal, no pasan el del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. De las sentencias anuladas, un gran número de ellas están relacionadas con la vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia del acusado, lo que significa la emisión de sentencias condenatorias sin pruebas contra el condenado.
Por otra parte, la administración se puede permitir el lujo de sustraer directamente a los ciudadanos dinero de sus cuentas de ahorro para cobrarse determinados impagos sin que medie una acción judicial.
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Es tan simple el solo echo de imponerce contra el estado en forma pasifica y exijir nuestros derechos, nuestras vidas, es tan simple que solo unos pocos lo hacen pero la gran mayoria aun siguen con miedo o no quieren tener problemas porque eso conlleva un cargo que aunque sea para su bien no quieren tenerlo… son ciegos que lo ven todo!
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